PRÉSTAMOS PERSONALES PARA PERSONAL MILITAR

El Ministerio de Defensa de la Nación informa que a partir del 1° de octubre podrán solicitarse Préstamos Personales con contratación 100% online para personal militar en actividad, retirados y pensionistas.

Los préstamos están dirigidos al personal en actividad, retirados/as y
pensionistas, y sus principales características son:
 Monto Máximo: $500.000 (según capacidad de afectación de haber del solicitante).
 Tasa Nominal Anual: 48,20%.
 Costo Financiero Total anual: 59%.
 Se permite la refinanciación de los préstamos personales sin límite de amortización.
 Edad máxima: al momento del otorgamiento el afiliado debe optar por un plan que permita la cancelación del crédito antes de cumplir los 78 años de edad.
 La cuota es fija y no se incrementará por aumento en el haber militar. Dependiendo del monto del crédito, el solicitante puede elegir su cuota hasta un 40% de su haber.
 Plazos: el número de cuotas estimadas para la cancelación resultará entre 1 y 60, según su importe y el monto solicitado en el crédito.
 Para acceder al monto máximo deberá presentar codeudor el personal militar en Actividad con antigüedad menor a 25 años de servicios simples. Sin codeudor se podrá acceder a un préstamo de hasta 2 haberes a cancelar en un máximo de 7 cuotas mensuales.
 Los prestatarios (y su codeudor, en caso de corresponder) deberán hacer certificar su firma en el Contrato de Mutuo por Escribano Público. La elección del Escribano será decisión libre de los prestatarios.
 El personal en Actividad deberá presentar el Certificado de haberes
(Decreto Nº 860/09).

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ATP SEPTIEMBRE – Programa de Asistencia al Trabajo

La Jefatura de Gabinete de Ministros extiende los beneficios de Programa al mes de setiembre y reglamenta los siguientes temas:
1. Ampliación de nómina de actividades afectadas en forma crítica.
2. Salario complementario: tratamiento sectorial del beneficio para el sector salud.
3. Condiciones para el acceso y liquidación de los beneficios de salario complementario.
4. Contribuciones patronales destinadas al SIPA.
5. Crédito a tasa subsidiada.

Entre el 28 de septiembre y 2 de octubre, inclusive, estará abierta la inscripción al Programa ATP.

Pueden registrarse todos los empleadores que requieran asistencia estatal para el pago de los salarios de septiembre.

Para hacerlo deben ingresar en http://afip.gob.ar

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