Percepciones de AFIP y ARBA en Mercado Libre y Mercado Pago

Cada vez que realices una venta a través de Mercado Libre, o cobres con Mercado Pago, los fiscos nacionales o provinciales podrían aplicarte retenciones y/o percepciones de acuerdo a tu condición fiscal. 

Hay cuatro tipos de regímenes y cada uno de ellos funciona de manera diferente. Tené en cuenta que podés ser alcanzado por uno o varios al mismo tiempo dependiendo de tu situación. Estas son:

» Retención Ingresos Brutos Régimen Especial.

» Retención IVA y Ganancias sobre los cobros con medios de pago electrónicos.

» Percepción Ingresos Brutos Régimen General.

» Percepción Ingresos Brutos Régimen Especial.

» Percepción IVA.

¿Quiénes tienen percepciones en Mercado Libre y Mercado Pago? 

Ser Responsables Inscriptos

Realizar más de 10 ventas por mes

Superar los $50.000 de facturación mensual

La retención se aplicará a los Responsables inscriptos en todos sus cobros dependiendo del medio de pago. Si figurás al 100% en los padrones de exclusión de IVA o Ganancias, quedarás excluido de las retenciones. Si estás al 50% en el padrón de IVA, se aplicará la mitad de la alícuota que corresponde.

Si no estás inscripto en AFIP, cuando hagas 10 o más ventas alcanzando una facturación de $50.000 o más, se empezarán a retener 10,5% de IVA y 2% de Ganancias en todos tus cobros hasta que actualices tu condición fiscal frente a AFIP. Para que se apliquen estas alícuotas, se tienen que dar ambas condiciones.

Si operás por Mercado Libre y Mercado Pago, se sumarán las ventas y la facturación de ambas plataformas.

¿Necesitas asesoramiento con tus impuestos?

Contactate con nosotros a nuestro mail: info@estudiomarsan.com.ar

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COMERCIO DE INDUMENTARIA: MODELO DE CARTEL PARA LA PREVENCIÓN ANTE EL COVID-19

La Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y afines, y la Cámara Industrial Argentina de la Indumentaria, presentaron el cartel del protocolo para pegar en los comercios del sector.
Para descargarlo, hacer clic aquí.

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AFIP. LA NUEVA MORATORIA QUE SE ESTÁ EVALUANDO

Se está terminando de elaborar un proyecto de ley con una nueva moratoria que incluya a las empresas que, con motivo de la crisis económica provocada por la pandemia de coronavirus, hayan dejado de cumplir con sus obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras.
El proyecto en elaboración prevé incluir a las Pymes, monotributistas, autónomos y a las empresas grandes, y aún no se definió si incluirá también a entidades sin fines de lucro y la fecha de corte de las obligaciones que podrán ser regularizadas.
Una vez cerrado el proyecto se prevé tratarlo en el Congreso de la Nación en las próximas semanas.

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EL VIERNES VENCERÁN TODOS LOS PERMISOS DE CIRCULACIÓN «DE USUARIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO»

El Poder Ejecutivo anunció que a partir del viernes caducarán todos los permisos vigentes de usuarios del transporte público para garantizar que sólo viajen los trabajadores esenciales, y abogó por restringir la circulación en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) ante el aumento de casos de coronavirus.
En tal sentido, todos los usuarios que sean trabajadores esenciales deberán volver a tramitar sus permisos, para un mayor control debido al incremento de la circulación entre el conurbano y la ciudad de Buenos Aires.

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ATP: el Gobierno reducirá la ayuda para pagar los salarios de junio y no dará fondos para cubrir el aguinaldo

Las empresas de más de 800 trabajadores ya no recibirán el beneficio, excepto algunos hoteles grandes.

Así lo afirmaron fuentes oficiales al término del encuentro del gabinete económico, que se realizó este mediodía en la Casa Rosada.

Desde el sector privado, en tanto, los distintos sectores están negociando con sus respectivos sindicatos de qué forma se pagará el aguinaldo, pero estaban a la espera de definiciones respecto de la ayuda estatal. 

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AGUINALDO ESTATALES, EL GOBIERNO LO PAGARÀ EN CUOTAS PARTES HASTA 5

La decisión todavía no fue oficializada por la Casa Rosada, pero fue anticipada el viernes pasado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, al titular de UPCN, Andrés Rodríguez, y por teléfono al jefe de ATE, Hugo “Cachorro” Godoy. “No tenemos plata”, sintetizó el funcionario.

Según lo anunciado a los dirigentes gremiales, quienes cobren hasta salarios brutos de hasta 80.000 pesos cobrarán el medio aguinaldo de junio en un solo tramo y quienes cobren por encima de esa cifra recibirán 40.000 pesos y el resto en dos cuotas, en julio y agosto.

En UPCN en tanto, prefirieron no responder. Sin embargo, fuentes cercanas a ese gremio confirmaron que el sindicato fue notificado de las intenciones oficiales la semana pasada. «El gremio no va a poder avalar eso», confiaron esas fuentes. «Es cierto que abarca a los trabajadores de AFIP y a los que tienen sueldos altos, pero no se puede avalar», ratificaron fuentes que trabajan cerca del secretario general del gremio, Andrés Rodríguez.

Según los últimos datos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en la Argentina hay 3.179.000 trabajadores públicos. Este dato incluye a la administración central, para la que estaría en principio destinada la medida de «ahorro» del gobierno de Alberto Fernández, pero también a empleados de las diferentes provincias y municipios, que son la mayoría.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el sueldo anual complementario correspondiente al primer semestre del año 2020 del personal del Sector Público Nacional en actividad comprendido en los incisos a), b) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, incluyendo al Banco Central de la República Argentina, será abonado en hasta CINCO (5) cuotas consecutivas con las remuneraciones de los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre del corriente año.
ARTÍCULO 2°. – El monto bruto a abonar en la primera cuota pagadera con la remuneración del mes junio no podrá superar el valor de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000). La suma que exceda de dicho monto se abonará en cuatro cuotas consecutivas, como máximo, junto con las remuneraciones correspondientes a los meses de julio, agosto, septiembre y octubre de 2020.
Las cuotas no podrán tener un valor inferior a la suma de pesos UN MIL ($1.000). A tal fin, deberá ajustarse la cantidad de cuotas necesarias para abonar el saldo.

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Beneficios de tramitar el certificado MiPyME

 Es requisito fundamental para poder ingresar a la moratoria impositiva. También se podrá acceder a diferentes condiciones de financiamiento y programas de asistencia para ese sector.

Con el certificado MiPyME vigente también se puede acceder a beneficios de la seguridad social, como ser la alícuota reducida de las contribuciones patronales y la eximición del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA con relación al “Incremento Solidario” otorgado por decreto nacional para el sector privado.

Vigencia y recategorización

La vigencia del certificado es desde su emisión y hasta el último día del cuarto mes posterior al cierre de ejercicio. Para renovarlo, tenés que recategorizar tu PyME durante ese mes.

Para descargar y consultar el certificado, la empresa deberá ingresar a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o ingresando acá.

Excepcionalmente se extenderá hasta el 30 de junio de 2020 la vigencia de los certificados MiPyME que tengan vencimiento el 30 de abril y 31 de mayo. De esta forma, la renovación automática comenzará en junio.

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